Registro Minero
Los Títulos II, III y IV de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, regulan los aprovechamientos de los distintos recursos.
En el caso de las sustancias de las secciones A) y B), deberá obtenerse la autorización de explotación para ejercitar el derecho al aprovechamiento de estos recursos.
Sobre los recursos de las secciones C) y D), se pueden solicitar:
- Permisos de exploración:Para el estudio y reconocimiento de zonas desconocidas, con técnicas que no modifiquen sustancialmente el terreno.
- Permisos de investigación:Que permite realizar los estudios y trabajos necesarios para poner de manifiesto los recursos.
- Concesión de explotación:Que otorga el derecho al aprovechamiento de las sustancias.
¿Cómo obtener una autorización, un permiso o una concesión?
Dirigiéndose a la Consejería, con competencia en materia de minería, de la Comunidad Autónoma en que se encuentre la superficie afectada
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Ordenación minera
- Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas [PDF] [489,67 KB]Incluye la modificación realizada por Real Decreto Legislativo 1303/1986, de 28 de junio, de Adaptación al Derecho de las Comunidades Europeas del Título VIII sobre Condiciones para ser titular de derechos mineros.
- Ley 54/1980, de 5 de noviembre [PDF] [27,29 KB]de modificación de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas con atención especial a los recursos minerales energéticos.
- Real Decreto 2857/1978, de 25 de abril. [PDF] [722,94 KB]por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería.
- Real Decreto 107/1995, de 27 de enero [PDF] [141,21 KB]por el que se fijan los criterios de valoración para configurar la sección A) de la Ley de Minas y corrección de errores (BOE 11-04-95)
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Fomento de la minería
- Ley 6/1977, de 4 de enero [PDF] [176,92 KB]de Fomento de la Minería
- LEY 43/1995, de 27 de diciembre [PDF] [287,67 KB]del Impuesto sobre Sociedades. Capítulo IX sobre el régimen fiscal de la minería.
- Real Decreto 647/2002, de 5 de julio [PDF] [20,99 KB]por el que se declaran las materias primas minerales y actividades con ellas relacionadas, calificadas como prioritarias a efectos de lo previsto en la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades
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Estadística minera
La Estadística Minera de España, elaborada tradicionalmente por el Ministerio de Industria, supone la información más completa sobre la producción del sector extractivo en España.
La metodología empleada se puede consultar en el siguiente enlace:
La obligatoriedad de cumplimentación de las estadísticas nacionales se rige por lo establecido en la Ley 12/1989 de la Función Estadística Pública, siendo la Estadística Minera de España una de las estadísticas incluidas en el Plan Estadístico Nacional y sus Programas Anuales.
En esta página web está a disposición de los usuarios la versión del programa ESMIN (Estadística minera) para la cumplimentación de estadísticas mineras anuales.
Este programa descargable permite a los usuarios cumplimentar los cuestionarios directamente sobre la aplicación realizando el envío telemático sin necesidad de utilizar certificado electrónico o similar, facilitando con ello la recepción telemática de la información estadística y económica por parte de este Ministerio de acuerdo con el contenido de la Orden Ministerial ITC/105/2007.
Para más información :
Teléfono para consultas informáticas: 91 349 40 05
Teléfono para consultas sobre estadística minera:
- 91 349 46 91
- 91 349 46 87
Correo electrónico: EstadisticasMineras@minetur.es
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Minería y medioambiente
- Real Decreto 975/2009, de 12 de junio [PDF] [788,48 KB]sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras.
- Real Decreto 777/2012, de 4 de mayo [PDF] [356,99 KB]por el que se modifica el Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por las actividades mineras.
- Corrección de errores del Real Decreto 772/2012, de 4 de mayo [PDF] [160,6 KB]por el que se modifica el Real Decreto 975/2009, de 12 de junio.
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Catastro minero
La Ley de Fomento de la Minería de 1977, establece en su artículo 4 que en el Ministerio de Industria, existirá el registro minero, que consistirá en un archivo público permanentemente actualizado de todos los derechos mineros existentes en el territorio nacional, territorial y plataforma continental con un mapa correspondiente.
El Ministerio de Industria, Energía y Turismo inició, en colaboración con las Comunidades Autónomas y el Instituto Geológico y Minero de España, la elaboración de un Catastro Minero nacional hace ya varios años.
La utilización de Internet, además, potencia el uso del catastro, ya que permite que cualquier usuario lo pueda consultar desde su domicilio u oficina sin que tenga que acercarse al lugar donde está ubicado físicamente el Catastro Minero.
Después de un periodo de pruebas este Ministerio ha decidido publicar en Internet los datos disponibles del Catastro Minero para que puedan ser consultados de manera gratuita por cualquier usuario.
Se pueden consultar datos de permisos de investigación y las concesiones de explotación de las secciones C y D otorgadas mediante la vigente Ley de Minas, además están incluidos los datos de las autorizaciones de las secciones A y B en la mayoría de las Comunidades Autónomas, aunque no están en todas.
La consulta puede realizarse según tres tipos de búsqueda:
- Básica (permite consultar y visualizar los derechos mineros de una determinada Comunidad Autónoma o provincia y también filtrar por sección y sustancia).
- Avanzado (permite consultar y visualizar la información de los derechos mineros y explotaciones, buscando también por razón social, por tipo de derecho minero y por la situación legal del derecho).
- Cartográfica (donde se puede seleccionar sobre el mapa el área geográfica que se desea consultar).
Aunque todavía no están incluidas todas las Comunidades Autónomas en un futuro estará finalizado el conjunto de España.
En la actualidad las Comunidades Autónomas que están incluidas en la aplicación informática del Catastro Minero son Aragón, Cataluña, Baleares, Canarias, Murcia, Cantabria, La Rioja, País Vasco, Castilla La Mancha, Extremadura y Valencia. En los próximos meses estarán disponibles los datos de Castilla- León